¿Con qué tipo de propiedades trabajan?
Ultima actualización: 28-07-2023
1. Arrendamos propiedades residenciales, tanto departamentos como casas. Se excluyen las habitaciones solas, estacionamientos, bodegas, terrenos y oficinas.
2. Además de ser residencial, debe encontrarse en un estado en que se pueda arrendar, es decir, se encuentre habitable.
3. Debe estar ubicada en la Región Metropolitana, Concepción o la Quinta Región, dentro de nuestra área de cobertura.
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