¿Qué no cubre el seguro de arrendamiento?
Ultima actualización: 19/5/2023
El seguro de arrendamiento no cubre lo siguiente:
- El pago de las rentas de arrendamiento adeudadas con anterioridad al inicio del contrato de arrendamiento y las adeudadas con posterioridad a la muerte del Arrendatario.
- El incumplimiento de cualquier obligación del Arrendatario diferente de las de (i) pagar las rentas de arrendamiento y (ii) restituir el inmueble al término del contrato por no pago de la renta de arrendamiento.
- Gestiones que deban tramitarse fuera del Área de Cobertura (1. Bogotá D.C, 2. Cundinamarca en: Soacha, Funza, Mosquera, Madrid, Cota, Chía, Cajicá, Zipaquirá, Sopó, Calera, Tocancipá, 3. Medellín, 4. Zona metropolitana del Valle de Aburrá: Bello, Itaguí, Envigado, La Estrella y Copacabana y 5. Antioquia en Rionegro, Marinilla, Carmen de Viboral, La Ceja y El Retiro. )
- Deudas de servicios básicos o Administración
- Los gastos que se deriven de una acumulación de juicios, o de la tramitación de una demanda reconvencional.
- La tramitación de cualquier otra acción que no derive del incumplimiento del pago de las rentas de arrendamiento.
- La restitución del inmueble cuando exista subarrendatario.
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