Asambleas generales o extraordinarias
Ultima actualización: 5/3/2026
Es deber del propietario mantenerse informado y revisar periódicamente todas las comunicaciones emitidas por la administración.
Esto incluye citaciones a reuniones de asambleas generales o extraordinarias, avisos formales y notificaciones relacionadas con decisiones, cuotas o posibles sanciones. La falta de revisión o asistencia no exime al propietario de las obligaciones ni de los acuerdos adoptados.
Asistencia a la asamblea
- Por ley, el propietario es quien debe asistir a la reunión de asamblea.
- Si no asiste, puede generarse una multa según el reglamento.
- Cualquier multa por inasistencia debe ser asumida por el propietario.
Participación del arrendatario
- El arrendatario puede asistir a las reuniones únicamente si el propietario le otorga poder.
- Sin autorización expresa del propietario, el arrendatario no puede representarlo.
- La participación del arrendatario depende totalmente de su voluntad.
¿Necesitas más ayuda?