Cláusula de Fee de Riesgo
Ultima actualización: 13-07-2026
El Fee de Riesgo es un monto expresado en Unidades de Fomento (UF) que el Arrendatario deberá pagar al inicio del contrato de arrendamiento y en cada una de sus renovaciones, siempre que la evaluación crediticia realizada al inicio de la relación contractual haya determinado la aplicación de este cargo.
La evaluación crediticia se efectuará únicamente al inicio del contrato, y el resultado obtenido será el que defina la aplicación del Fee de Riesgo durante toda la vigencia del arrendamiento, incluyendo sus renovaciones. El monto del Fee de Riesgo será informado al arrendatario antes de la firma del contrato y, en caso de renovación, deberá ser pagado nuevamente como condición indispensable para la continuidad del arrendamiento.